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RESOLUCION de 13 de junio de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica por primera vez puntualmente la Resolución de 16 de mayo de 2006, por la que se otorga la Autorización Ambiental Integrada a la Instalación industrial de naves dedicadas a anodizado y lacado de barras de aluminio y su ampliación, ubicadas en el Polígono Industrial Malpica-Alfindén, en el término municipal de la Puebla de Alfindén (Zaragoza), y promovida por Ingalza, S. A.

Publicado el 27/06/2007 (Nº 76)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos -
Emisor: DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

RESOLUCION de 13 de junio de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica por primera vez puntualmente la Resolución de 16 de mayo de 2006, por la que se otorga la Autorización Ambiental Integrada a la Instalación industrial de naves dedicadas a anodizado y lacado de barras de aluminio y su ampliación, ubicadas en el Polígono Industrial Malpica-Alfindén, en el término municipal de la Puebla de Alfindén (Zaragoza), y promovida por Ingalza, S. A.

En fecha 29 de mayo de 2006 se publicó en el «Boletín Oficial de Aragón» la resolución de 16 de mayo de 2006 del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la Autorización Ambiental Integrada a la Instalación industrial de naves dedicadas a anodizado y lacado de barras de aluminio y su ampliación, ubicadas en el Polígono Industrial Malpica-Alfindén, en el T.M. de la Puebla de Alfindén (Zaragoza) y promovida por Ingalza, S. A.

En fecha 11 de mayo de 2007 se recibió solicitud del promotor, a instancias de la Dirección General de Calidad Ambiental, de modificación del condicionado de la citada Resolución en lo referente a corrección de error material del nombre y código LER de dos residuos peligrosos y cuatro residuos no peligrosos generados por Ingalza, S. A.

Según el artículo 57 de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón, se establece que la autorización ambiental integrada podrá ser modificada cuando así lo exija la legislación sectorial que resulte de aplicación a la instalación.

La Ley 23/2003, de 23 de diciembre por la que se crea el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, modificada por el artículo 6 de la Ley 8/2004, de 20 de diciembre, de medidas urgentes en materia de medio ambiente, le atribuye la competencia de tramitación y resolución de los procedimientos administrativos a que dan lugar las materias que se relacionan en el anexo I de la Ley, entre las que se incluye la competencia para otorgar las Autorizaciones Ambientales Integradas.

Durante esta tramitación se ha seguido el procedimiento de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación y la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás normativa de general aplicación.

Vistos, la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, la Ley 10/1998 del 21 de abril de residuos, la Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos, la Ley 23/2003, de 23 de diciembre, de creación del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, modificada por la Ley 8/2004, de 20 de diciembre, de medidas urgentes en materia de medio ambiente, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo común, la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y demás disposiciones de general aplicación, se resuelve:

Modificar la Autorización Ambiental Integrada otorgada a Ingalza, S. A. mediante resolución de 16 de mayo de 2006 del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la Autorización Ambiental Integrada a la Instalación industrial de naves dedicadas a anodizado y lacado de barras de aluminio y su ampliación, ubicadas en el Polígono Industrial Malpica-Alfindén, en el T.M. de la Puebla de Alfindén (Zaragoza) y promovida por Ingalza, S. A., en los siguientes términos:

En el apartado «1.6.-Producción de residuos.», se sustituye en la tabla de residuos peligrosos el residuo «Otros residuos que contienen sustancias peligrosas; LER 110198; 0,1 Tm/año» por «Lodos de mecanizado que contienen sustancias peligrosas; LER 120114; 1Tm/año» y el residuo «Otros residuos que contienen sustancias peligrosas; LER 110198; 0,1 Tm/año» por «Otros aceites hidráulicos; LER 130113; 1 Tm/año».

Así mismo, en la tabla de residuos no peligrosos se sustituyen los códigos de: Madera «200138» por «150103»; Plásticos «200138» por «150102» y Papel y cartón «200101» por «150101».

Esta Resolución se notificará en la forma prevista en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y se publicará en el «Boletín Oficial de Aragón» de acuerdo con lo establecido en el artículo 23.3 y 23.4 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 23/2003, de 23 de diciembre, de creación del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Excmo. Sr. Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza a 13 de junio de 2007.

El Director del Instituto Aragonés

de Gestión Ambiental,

CARLOS ONTAÑON CARRERA